Corte de Concepción rechazó amparo en contra del Juzgado de Garantía de Concepción.
El amparado solicitó traslado para el cumplimiento de su pena.
El amparado solicitó traslado para el cumplimiento de su pena.
Recurrente indicó actuación denunciada vulneró las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 2, N° 3 inciso quinto, N° 21 y N°24 de la Carta Fundamental.
Los amparados se encuentran formalizados por el delito de homicidio.
La Corte de Copiapó indicó que, que no existe medida alguna que la Corte deba arbitrar para reestablecer el imperio del derecho.
La Corte de Santiago indicó que, el recurrente padece de una enfermedad de carácter psiquiátrico que le impide realizar funciones correspondientes a la institución de la que forma parte.
La Corte de Santiago indicó que, descartó toda ilegalidad en el actuar de las recurridas.
El amparado se mantiene ansioso por esa situación.
El informe habría sido la causa principal para rechazar pena mixta.
Máximo Tribunal indicó que existe un tratamiento de aguas aprobado por autoridad sanitaria y que pretensión excede el marco de la acción de protección.
Corte de Copiapó indicó que no existen antecedentes fácticos que sustenten la acción de los docentes.