CS rechazó protección deducida por transportista contra del JPL de Calama que no hizo lugar a reclamación contra Dirección de Tránsito del Municipio que le impidió renovar su licencia de conducir por haber sido condenado por manejo en estado de ebriedad.
Corte de Antofagasta señaló que actuación del magistrado se ajustó a las facultades que le confiere la Ley del Tránsito.