CS aprobó sentencia que rechazó amparo económico deducido en contra de SEREMI que ordenó el cierre de ELEAM.
La Corte consideró que la resolución se encuentra acorde a la ley.
La Corte consideró que la resolución se encuentra acorde a la ley.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1, 8 y 24 de la Constitución.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales establecidas en los numerales 24 y 26 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
Corte de Talca señaló que no existen antecedentes que dan cuenta de eventuales irregularidades o infracciones a la probidad como se denunció.
La Corte señala que la decisión se adoptó por la autoridad facultada para ello y en un caso previsto por la ley.
El amparo solicitaba la prohíbición de bombas lacrimógenas, perdigones de goma y el uso de gas pimienta, ordenando a Carabineros cumplir con los protocolos de actuación.
El recurrente señaló que existen problemas con la competencia del tribunal.
El recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 12 de la Constitución.
Los amparados habrían huído de un control de identidad.
La resolución se dictó en el caso Huaiquipán.