CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por particular en favor de su madre contra CESFAM de Olmué por negarle atención.
La recurrente estimó que se vulneró las garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2 y 9.
La recurrente estimó que se vulneró las garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2 y 9.
La sentencia de la Corte Suprema fue acordada con el voto en contra de la ministra Gloria Ana Chevesich.
La Municipalidad suspendió los permisos de uso de bien nacional de uso público.
La Corte de Santiago indicó que, el reproche de la recurrente más bien apuntó a la valoración de la juez a quo para configurar los indicios.
Los reclamantes sostienen que, previo a la aprobación ambiental y ejecución del Proyecto, debió realizarse un proceso de consulta indígena.
La Corte Suprema señaló que, las inadvertencias denunciadas por la recurrente no ha podido agraviarla porque no tienen la trascendencia que les asigna ni influyen sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
El recurrente estimó que se vulneró las garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 9 y 24.
Tribunal de alzada indicó que no quedó establecida liberación total de responsabilidad de fundación empleadora frente a lesiones sufridas por trabajadora.
La Corte Suprema señaló, quedó en evidencia que lo impugnado por el recurrente no es la ausencia de las consideraciones de hecho y de derecho que sirven de fundamento al fallo, sino la circunstancia de que el razonamiento jurídico condujo a un pronunciamiento que le es desfavorable.
La Corte Suprema señaló que, el contenido argumentativo del recurso en estudio está destinado únicamente a cuestionar el valor probatorio que los sentenciadores han otorgado a la prueba rendida.