CS revocó sentencia de la Corte de Santiago y rechazó acción de protección de estudiante de medicina quien aduce que se le negó certificado de notas. No es la vía para ponderar antecedentes académicos.
“por el hecho de ser la recurrente estudiante de medicina (…), es dueña de los derechos que emanan de esta calidad, y puede exigir que se le reciba en clases, rendir pruebas, exámenes, etc.”