Corte de Santiago desestimó reclamo de ilegalidad en contra de una decisión del CPLT. Municipalidad deberá entregar información contenida en sumarios administrativos ya cerrados.
“la orden de informar contenida en la resolución impugnada, referida sólo a la indicación nominal de la persona de los actuarios en sumarios administrativos no afinados, no resulta atentatoria en forma alguna contra el ordenamiento jurídico legal constitucional antes descrito, en cuanto incide en información marginal o tangencial cuya entrega resulta jurídicamente inocua e irrelevante en el contexto descrito”.