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CS acogió un recurso de protección y ordenó a colegio reintegrar a alumno de enseñanza básica que quedó sin matrícula por no quedar cupos cuando su apoderada concurrió al cierre del proceso de renovación.

La resolución señala que si bien resulta reprochable el citado actuar toda vez que alude a la falta de previsión del adulto responsable del alumno, es oportuno destacar que la circular enviada al efecto tampoco contribuye a entregar lineamientos claros al efecto.

9 de septiembre de 2020
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