Tutela de derechos

El actor no incurrió en incumplimiento contractual.

Juzgado del Trabajo de Santiago rechaza acción de tutela laboral, sin embargo acoge demanda de despido injustificado pues este se verificó verbalmente.

“analizada la probanza rendida, en particular, los dichos del actor, y su actuación posterior ante la inspección del trabajo, unido al testimonio de oídas de uno de los testigos, aparece que el hecho de haber efectuado una constancia ante la Inspección del Trabajo el día siguiente al despido verbal, da sustento a la teoría del caso de la parte demandante, pues es una máxima de la experiencia que el trabajador, al sentirse vulnerado en sus derechos laborales, como lo indica el actor en su demanda, acude al ente fiscalizador para dejar constancia del hecho, que en este caso, sería su despido verbal”.

6 de noviembre de 2012
Terminación de contrato de plazo fijo no requiere justificación.

Juzgado del Trabajo de San Miguel rechaza acción de tutela laboral motivada por supuestas prácticas antisindicales cometidas contra trabajador.

Se dedujo acción de tutela laboral por prácticas antisindicales, con ocasión del despido de un trabajador contratado a plazo fijo, por supuesta vulneración de su libertad sindical, todo ello como consecuencia del hostigamiento, que se tradujo en controles mayores que a sus compañeros, malos tratos verbales y descalificaciones, lo que habría redundado en su posterior […]

5 de noviembre de 2012
La falta de denuncia no permite tolerar lesión a la honra personal.

Juzgado del Trabajo de Santiago acoge acción de tutela laboral motivada por actos de acoso sexual.

“no es dable exigir a la actora que acredite, en forma concreta, los requerimientos efectuados, sino que, de contrario, acredite las circunstancias ambientales que rodean la situación y que hacen plausible concluir que existió una situación de acoso sexual, aportando de esta forma los indicios exigidos por el artículo 493 del Código del Trabajo”.

13 de septiembre de 2012
No proporcionar trabajo y alterar funciones del contrato original.

Juzgado del Trabajo de Puerto Montt acoge acción de tutela laboral motivada por actos del empleador que vulneran derecho a la indemnidad del trabajador.

“incumpliendo con la obligación de proporcionar el trabajo convenido – en este caso, la obligación de proporcionar un trabajo diferente – por decisión judicial” y, por otra parte, se alteró sus funciones sin respetar las condiciones del contrato original, toda vez que “se le confeccionó un contrato de trabajo con fecha anterior y con menor sueldo”.

10 de septiembre de 2012
La prueba rendida es consistente para acreditar infracción.

Juzgado del Trabajo de Puerto Montt acoge acción de tutela laboral motivada por despido producido con ocasión del ejercicio de la libertad de expresión.

«en cuanto a la declaración jurada la otra persona, si bien la ratificó en juicio, su testimonio no resulta creíble, pues evidencia contradicciones con sus propios dichos expresados en el video no editado incorporado en la audiencia de juicio, y además afirma que mintió al hacer la denuncia, no existiendo motivo para descartar que no lo haya hecho también al declarar en la audiencia de juicio”.

27 de agosto de 2012
No existen antecedentes que acrediten hurto.

Juzgado de Letras de Los Andes acoge acción de tutela laboral contra empresa de retail que vulneró el derecho a la vida privada y honra de trabajadora.

“asignaciones de locomoción y colación deben comprenderse en la base de cálculo establecida en el artículo 172 citado, ya que incorpora todos los conceptos que, en las remuneraciones del trabajador tengan el carácter de permanente, naturaleza que revisten, indudablemente, las asignaciones antedichas, de manera que su inclusión en la referida base de cálculo, no constituye una vulneración a la norma en cuestión, a esta conclusión no obsta la norma del artículo 41 el Código del ramo, la que está referida al concepto de remuneración en general, más no a la base de cálculo de que se trata, para cuya determinación el legislador contempló una regulación específica”.

7 de agosto de 2012
Oposición a la reincorporación vulnera libertad sindical.

Juzgado del Trabajo de Santiago acoge acción de tutela laboral contra empresa de transportes motivada por práctica antisindical.

“contumacia reiterada a la reincorporación entonces se configura como una vulneración a la libertad sindical, en su expresión de libertad de representación, en la formulación genérica que prohíbe el artículo 289 del Código del Trabajo, pues aviene con una negativa que se devela como una acción de autotutela no permitida por el ordenamiento. Tal conducta es parte de la cuestión fáctica que sirve de causa de pedir suficiente del amparo constitucional”.

2 de agosto de 2012
Páginade 38
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