TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas del Código Civil que contemplan excepción de los plazos de acciones de impugnación en materia de filiación.
El requerimiento incurre en la causal de inadmisibilidad del artículo 84, numeral 5 de la LOCTC, esto es, que lo preceptos impugnados no resultarán decisivos en la resolución del conflicto.