TRICEL conocerá nueva reclamación de ex candidato a concejal de la comuna de Talca y su Administradora por infracción a la Ley de Gasto Electoral.
Se impuso una multa de 5 U.T.M., por infracción al artÃculo 42, inciso 2º de la Ley Nº 19.884.
Se impuso una multa de 5 U.T.M., por infracción al artÃculo 42, inciso 2º de la Ley Nº 19.884.
Las recurrentes aducen que desde los inicios de la organización, anterior a 1971, la constitución de las directivas se ha hecho con 5 candidatos.
El SERVEL observó la existencia de aportes no valorizados ni declarados al momento de realizar la rendición de cuenta general de ingresos y gastos electorales.
Cabe recordar que el reclamo de nulidad fue interpuesto por la empresa donde trabaja una de las consejeras nacionales electas.
Cabe recordar que la resolución del CNTV asignó a los 7 candidatos independientes a diputados un tiempo total de 1 segundo y 11 centésimas.
Los recurrentes adujeron que la sentencia se dictó en abierta infracción de derecho y manifiesta falta de fundamento.
Las denunciadas infringieron la ley toda vez que no habrÃan registrado la valorización de un vehÃculo de su propiedad en campaña electoral.
De conformidad al artÃculo 40 de la Ley Nº 19.884, corresponde a los administradores electorales, registrar todos los aportes efectuados.
El plazo para intentar la reclamación venció el 7 de septiembre de 2017, de modo que el libelo de autos fue presentado fuera de plazo.
El recurrente hace presente que el Tribunal Electoral Regional de ValparaÃso, acogió la excepción de inadmisibilidad opuesta por su parte en contra de la demanda interpuesta.