CS revocó fallo y declaró admisible amparo en contra de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica.
La Corte acogió apelación del Ministerio Público y decretó prisión preventiva para el amparado.
La Corte acogió apelación del Ministerio Público y decretó prisión preventiva para el amparado.
El amparado señala se transgredió el debido proceso, en lo que se refiere al derecho de defensa y al derecho a ser juzgado en un plazo razonable.
La Corte de Concepción indicó que, no apareció una actuación arbitraria o ilegal del Servicio de Registro Civil e Identificación, porque su decisión se fundó en el mérito de los documentos aportados por la solicitante.
La Corte de Santiago estimó que se afectó el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica y la igualdad ante la ley.
La Corte de Santiago estimó que no se identificó a los recurridos respecto de quienes la Corte podría notificar y tomar las medidas solicitadas.
La recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1, 2, y 24 de la Constitución.
El recurrente estimó vulnerada su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución.
El fallo del Tribunal de Alzada señaló que, el actuar del Banco recurrido excedió las facultades que le confirió la ley dentro del contrato de depósito y que su actuar resultó arbitrario.
La recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 numerales 3 inciso 5 y 24 de la Constitución Política de la República.