Amparo Constitucional

A propósito de las movilizaciones estudiantiles.

Corte de Santiago rechazó habeas corpus en favor de Presidenta de la FECH por frases publicadas en “Twitter”.

La recurrida informó que se encuentra haciendo uso de su permiso post natal, lleva más de tres meses alejada de su cargo y de la contingencia política, reconociendo que redactó esa frase pero sin la intención de hacer referencia a la historia reciente del país sino para expresar una opinión personal en un asunto personal, sin hacer referencia a persona alguna.

17 de agosto de 2011
Sala penal.

Corte Suprema desestimó habeas corpus interpuesto en contra de auto de procesamiento dictado en el marco del caso EFE.

“el carácter de extraordinario del recurso de amparo no impide la revisión del mérito del auto de procesamiento, del cual emana la privación de libertad que sustenta la interposición de la presente acción, aunque tal control queda restringido a la constatación de eventuales infracciones a la Constitución o las leyes, susceptibles de amenazar la libertad del amparado, que es el ámbito permitido por este peculiar árbitro”.

12 de julio de 2011
Se dirige contra decisión de otra Sala de la misma Corte.

Corte de Temuco desestimó recurso de amparo interpuesto contra resolución que niega sustitución de medida cautelar personal de un menor a quien se imputan conductas terroristas.

La situación se origina luego de que la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco resolviera mantener la medida cautelar de internación provisoria de un menor, a quien se investiga por delitos terroristas.Lo anterior porque tratándose de una imputación por delito terrorista, la Constitución exige que la apelación de la resolución que se […]

5 de enero de 2011
Por unanimidad.

Corte de San Miguel desestimó recurso de amparo deducido por ejecutivos en el Caso Nutricomp ADN. No es la vía para discutir la calificación jurídica del delito.

“que de los antecedentes reunidos, no es posible tener por establecida la existencia de una privación, perturbación o amenaza ilegítimas a la libertad personal de los amparados, ya sea actual o eventual que amerite la adopción de alguna medida cautelar por la vía del presente recurso”, ya que “las medidas cautelares decretadas en la causa han sido dictadas por Tribunales competentes, los cuales han actuado dentro de la esfera de sus atribuciones y en los casos previstos por la ley y respecto de las cuales se ha tenido la posibilidad de recurrir y debatir”.

14 de diciembre de 2010
Páginade 61
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