Corte de Santiago rechazó amparo en contra del 2° Juzgado de GarantÃa de Santiago por detención que habrÃa durado más de 48 horas.
La amparada habrÃa tenido orden de detención pendiente en Angol.
La amparada habrÃa tenido orden de detención pendiente en Angol.
La Corte considera que ante la gravedad de la conducta, se impone la protección de la sociedad en general por sobre la de los integrantes de la familia que el amparado ha conformado en Chile.
La recurrente estimó vulneradas sus garantÃas del artÃculo 19 numerales 2, 3 inciso 5 y 24 de la Constitución.
La sentencia estableció que si bien los Colegios de Abogados son competentes para la regulación y organización del turno de oficio, y, para el establecimiento de requisitos, siempre que el objetivo perseguido sea legÃtimo y el lÃmite proporcionado.
Corte de Rancagua estimó que decisión impugnada está dentro de los márgenes de actuación del tribunal recurrido.
Corte de Temuco estimó que autoridad administrativa obró dentro de la legalidad vigente.
El amparado habrÃa sufrido lesiones leves tras la detención realizada por Carabineros.
Máximo Tribunal ordenó que pasen los antecedentes a sala no inhabilitada de la CA de Arica.
Decisión de la Corte de ValparaÃso estimó que decreto de expulsión no se ajusta a derecho.
El Servicio habrÃa negado el documento por una presunta causa criminal pendiente.