Pretenden inaplicabilidad de normas del Código de Justicia Militar que atentarían en contra del debido proceso.
La gestión pendiente incide en proceso seguido ante la Tercera Fiscalía Militar de Santiago, del Segundo Juzgado Militar de Santiago.
La gestión pendiente incide en proceso seguido ante la Tercera Fiscalía Militar de Santiago, del Segundo Juzgado Militar de Santiago.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en autos civiles, seguidos ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recursos de casación en la forma y apelación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en proceso penal, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, actualmente en conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de nulidad.
Planteada la acción de inconstitucionalidad, le corresponderá al Tribunal Pleno decidir sobre su admisión a trámite y posterior admisibilidad, para luego emitir un pronunciamiento sobre el fondo.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.
La gestión pendiente incide en autos sobre despido justificado y cobro de prestaciones laborales seguido ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de nulidad.