TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma de la “Ley General de Servicios Sanitarios” que le confiere a las empresas sanitarias la facultad de suspender el suministro de agua potable.
En su resolución, el tribunal de alzada sostiene que de aplicársele la norma impugnada se podrían lesionar –entre otras garantías- el derecho a la vida no pudiendo ésta prosperar o desarrollarse adecuadamente al ser suprimido o interrumpido el suministro de agua potable.