Inaplicabilidad por inconstitucionalidad

Con disidencia.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre fallecimiento de candidatos y procedimiento ante el TRICEL.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso final del artículo 20 de la Ley N° 18.700 Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, el inciso tercero del artículo 119 de la Ley N° 18.695 y del artículo 13 de la Ley N° 18460.La gestión invocada es un proceso de […]

18 de enero de 2013
Segunda sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas sobre resoluciones inapelables en el proceso laboral.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso octavo del artículo 292 y el inciso segundo del artículo 492 del Código del Trabajo.La gestión invocada incide en un proceso laboral, en el cual se discuten prácticas antisindicales y la reincorporación de trabajadores.Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la […]

18 de enero de 2013
Con disidencia.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna normas del Código Procesal Penal.

«como bien ha sostenido esta Magistratura en sede de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, el Tribunal Constitucional solo ha sido autorizado por la Carta Fundamental para efectuar el control de constitucionalidad concreto de los preceptos legales objetados y, por consiguiente, no ha sido llamado a resolver sobre la aplicación e interpretación de normas legales, cuestión que, de conformidad a la amplia jurisprudencia recaída en requerimientos de inaplicabilidad, es de competencia de los jueces del fondo»

17 de enero de 2013
Segunda sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma del Código de Justicia Militar.

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el artículo 5 N°3 del Código de Justicia Militar.La gestión pendiente invocada incide en querella seguida ante un Juzgado de Garantía de Puente Alto, en actual de apelación por incompetencia para ante la Corte de Apelaciones de San Miguel.Para pronunciarse acerca de la admisibilidad […]

17 de enero de 2013
Primera sala.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna norma de la Ley que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

La gestión pendiente invocada incide en una acción de protección de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago incoada en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento a los requisitos exigidos por […]

17 de enero de 2013
Primera sala.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna normas relativas a la Ley de propiedad industrial.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre indemnización de perjuicios seguidos ante el 2° Juzgado de Letras de Calama, que acogió parcialmente la acción, en actual apelación para ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta.La Primera Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se […]

16 de enero de 2013
Segunda sala.

TC se pronunciará sobre el fondo de inaplicabilidad que impugna normas sobre jornada laboral de transporte.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre tutela laboral incoados ante el Juzgado de Letras de Trabajo de Puerto Montt, en actual nulidad laboral para ante la Corte de Apelaciones de esa ciudad.La Segunda Sala del TC declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad, por cuanto los antecedentes examinados permiten concluir que se dio cumplimiento […]

16 de enero de 2013
Con disidencia.

TC acogió requerimiento de inaplicabilidad que impugnó norma del Estatuto del Personal de las FF.AA. referida a que la baja médica puede ser decretada sin necesidad de una investigación sumaria.

«Los derechos de los militares no siempre tienen el mismo alcance y eficacia que el de otros, siempre que expresamente el constituyente y el legislador hayan previsto diferencias legítimas, objetivas y justificables. Por tanto, partimos de la base del necesario reconocimiento de los derechos fundamentales de los militares, modulando el alcance de algunos de ellos y configurando procedimientos de garantías diversos a los habituales, a objeto de conciliar los derechos de las personas con la condición jerárquica, disciplinada, obediente, no deliberante y profesional de las Fuerzas Armadas».

15 de enero de 2013
Páginade 405
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