Decisiones

Acceso a la información pública.

CPLT ordenó a la PDI entregar información relativa a órdenes de privación de libertad de una particular.

El juez que dicta las actuaciones efectúa “una evaluación sobre la afectación de la normal sustanciación o el principio de inocencia y definió en su texto el secreto o publicidad”, por lo que ante una solicitud de acceso a la información debe analizar si el tribunal decretó o no el secreto, y en virtud de ello resolver si accede o deniega la información solicitada.

9 de mayo de 2011
Acceso a la información pública.

CPLT declara inadmisibles amparos deducidos en contra del Poder Judicial. No procede a su respecto ejercer el derecho de acceso a la información.

Diversos amparos de acceso a la información fueron interpuestos en contra de las Cortes de Apelaciones de Antofagasta, Copiapó, Santiago, San Miguel, Temuco, Talca, Valdivia y Coyhaique, luego de que el peticionario no recibiera respuesta a su solicitud de información referida a los nombres, grado académico y/o título profesional, y la institución de Educación Superior […]

28 de abril de 2011
Ley de Transparencia.

CPLT ordenó a la Comisión Nacional de Acreditación entregar copia íntegra del proceso de acreditación de un plantel universitario.

(…) la ciudadanía, para conocer los estándares de cumplimiento de calidad de la educación debe acceder “a toda la documentación que se tuvo a la vista para llevar adelante su proceso de acreditación, o sea, a través de la publicidad de la información solicitada”, pues el control de esta actividad interesa a toda la comunidad, toda vez que se trata de una actividad que “influye en el otorgamiento de una educación superior de mejor calidad”, lo que según el artículo 19 Nº 10 de la Constitución “constituye un derecho fundamental de toda persona, lo que refuerza la publicidad de esta información”.

20 de abril de 2011
Ley de Transparencia.

CPLT acoge parcialmente amparo de acceso a la información y ordena a Inspección del Trabajo entregar información relativa a la elección del directorio de un sindicato.

La autonomía sindical “comprende un margen de autodeterminación informativa del sindicato en relación con las materias a que se refiere la información” solicitada, de suerte que al haber manifestado dicho sindicato su oposición, “ésta debe mantenerse reservada precisamente para proteger su derecho a la autonomía sindical”.

14 de abril de 2011
Se solicitó opinión al máximo Tribunal.

Diputados proponen establecer obligación para que los jueces informen a la Corte Suprema de las irregularidades o notorias faltas de idoneidad profesional de abogados y notarios.

La iniciativa hace presente, también, que lo más preocupante “de la cantidad de abogados existentes en nuestro país, es el hecho que junto con la creciente falta de idoneidad, se ha verificado la inexistencia de un control ético respecto del ejercicio desdoroso” de algunos profesionales, lo que tiene como efecto “el desprestigio de la profesión”.

26 de marzo de 2011
Acceso a la información pública.

CPLT deberá resolver si acoge o rechaza amparo de acceso a la información deducido en contra del Servicio Nacional de Aduanas.

En contra del Servicio Nacional de Aduanas se interpuso amparo de acceso a la información para ante el CPLT, por la negativa de ese Servicio de entregar los antecedentes relativos a una licitación pública de equipos de rayos-x móviles para revisión no intrusiva de carga, contenedores y vehículos, luego de que el órgano público se […]

24 de marzo de 2011
Acceso a la información pública.

CPLT ordena a Instituto de Previsión Social entregar antecedentes fundantes de la resolución por la cual negó una pensión de jubilación.

Se dedujo amparo de acceso a la información en contra el Instituto de Previsión Social (IPS), organismo al que se le solicitó la entrega de todos los antecedentes en virtud de los cuales negó la pensión de jubilación del peticionario y de aquellos en que sustentó su decisión de rechazar la reconsideración.La institución no dio […]

22 de marzo de 2011
Acceso a la información pública.

CPLT ordena a la USACH entregar información de un sumario administrativo concluido. Informe del estado de tramitación de un acto administrativo puede solicitarse al amparo de la Ley N°19.880 o por la Ley de Transparencia, a opción del interesado.

El plantel educacional sostuvo que atendió las peticiones del requirente, pues le informó que dicho sumario administrativo se encontraba terminado por sobreseimiento y que el expediente sumarial se encuentra materialmente en la oficina de partes a disposición de quien desee consultarlo.

22 de marzo de 2011
Páginade 104
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