Consejo para la Transparencia

Luego del Informe de Fonasa.

Instituto de Previsión Social informa al CPLT sobre el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales.

El Instituto de Previsión Social respondió el informó que luego de tomar conocimiento de las denuncias realizadas, se instruyó a la División Jurídica el inicio de una investigación sumaria, la solicitud de una auditoría al  Departamento respectivo y la respectiva denuncia al Ministerio Público. Agregó que conjuntamente con las medidas adoptadas, se han tomado las […]

23 de agosto de 2011
En respuesta a un requerimiento de Cámara de Diputados.

CPLT informó como resguardará la protección de datos personales frente a la iniciativa del Gobierno de recoger información de las redes sociales.

Concluye que de los antecedentes recopilados por el Gobierno desde las redes sociales pueden constituir datos personales, en tanto sean éstos concernientes a personas naturales, identificadas o identificables, se debiera aplicar a su respecto las normas de la ley sobre protección de datos, y si en cambio no pueden ser asociados a un titular identificado o identificable, sólo utilizando la información como datos estadísticos, no se pondría en riesgo la privacidad de las personas.

8 de agosto de 2011
Acceso a la información pública.

Corte de Santiago acoge reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de una decisión del CPLT que se negó a revelar la identidad del denunciante de una tala ilegal de bosque nativo.

Además no existe disposición constitucional ni legal que obligue a CONAF a no proporcionar los datos que solicita la reclamante; como tampoco se advierte la forma en que la develación de los antecedentes solicitados por la reclamante afecte el cumplimiento de las funciones de CONAF.

16 de julio de 2011
Acceso a la información pública.

Corte de Valparaíso desestimó reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de una decisión del CPLT que ordenó al Consejo de la Cultura y las Artes entregar información respecto al desorden administrativo de esa repartición.

La sentencia desestimó la alegación del Ministro para no entregar la información -referida a que la solicitante no cumplió con la petición de subsanar su solicitud de información-, por cuanto en ésta no se le señaló con claridad los términos en que debía subsanar tal solicitud y sólo se le dice “que no son objeto de la ley de acceso aquellas solicitudes que podrían estar en la mente de las autoridades de los órganos de la Administración del Estado al momento de adoptar una determinada decisión o actuación, pero que no constan en actos, resoluciones, actas, expedientes, contratos y acuerdos, o en formato o reporte determinado”.

13 de julio de 2011
Acceso a la información pública.

Corte de Santiago desestimó reclamo de ilegalidad interpuesto en contra del CPLT que no hizo lugar a un amparo de acceso a la información referida a la exportación de renio.

el “principio general” contemplado en la Carta Fundamental y en la ley, tiene excepciones, siendo una de ellas “cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económicos”.

6 de julio de 2011
Ley de Transparencia.

Corte de Santiago rechazó reclamo de ilegalidad interpuesto en contra del CPLT que desestimó un amparo de acceso a la información pública en poder de la Armada.

En su fallo, el tribunal de alzada razona que el artículo 8° de la Constitución, no obstante consagrar el principio de la publicidad de los actos y resoluciones de los órganos del Estado, establece la posibilidad que, en virtud de una ley de quórum calificado, pueda limitarse éste principio, cuando la publicidad afecte el debido cumplimiento de las funciones de dichos órganos, los derechos de las personas, la seguridad de la Nación o el interés nacional.

5 de julio de 2011
En votación dividida.

Corte de Santiago acoge reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de una decisión del CPLT que le ordenó al Servicio Nacional del Servicio Civil proporcionar antecedentes relativos a un concurso público.

«Luego el fallo se apoya en nueve consideraciones que va desarrollando para concluir que la ley Nº 19.882 no estableció el límite temporal en la confidencialidad que impone a los procesos de selección, la que se proyecta una vez terminados éstos».

18 de junio de 2011
Acceso a la información pública.

CS desestimó recurso de queja interpuesto contra sentencia de la Corte de Santiago que rechazó reclamo de ilegalidad de la Dirección Nacional del Servicio Civil a la que el CLPT le ordenó revelar información de postulantes a un cargo público.

“tal secreto o reserva lo es sólo hasta que el concurso esté pendiente”, ya que el artículo 5° de la Ley de Transparencia establece el principio por el cual toda información que esté en poder de la Administración es pública y, por consiguiente, el secreto o reserva que la misma establece es excepcional.

16 de junio de 2011
Páginade 85
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