CPLT aprobó desistimiento de reclamante en caso de solicitud de información sobre evaluaciones en concurso del Ejército.
«éste ejerció el denominado habeas data impropio, a efectos de acceder a sus propios datos de carácter personal que obran en poder de un tercero, derecho reconocido a los titulares de datos personales en el artículo 12, inciso 1º de la Ley de Protección de Datos Personales»