Corte de Santiago rechazó reclamo de ilegalidad contra decisiones de CPLT sobre fiscalizaciones de la Dirección del Trabajo.
Al efecto, arguyó la sentencia que, efectivamente, el reclamo no cuestiona el ejercicio de la facultad que le confiere al Consejo el artículo 21 N° 1 letra a) de la Ley 20.285.