CPLT acogió parcialmente amparo de acceso a la información contra JUNAEB.
El CPLT concluye manifestando que la JUNAEB debió derechamente derivar la solicitud de acceso a la información al Instituto de Previsión Social.
El CPLT concluye manifestando que la JUNAEB debió derechamente derivar la solicitud de acceso a la información al Instituto de Previsión Social.
La CS invalidó la resolución del Consejo para la Transparencia (CPLT) que ordenó al Ejército proporcionar el listado del personal activo de la institución que desempeñó funciones en la CNI.
En cuanto al informe de la pertinencia de tramitar evaluación de impacto ambiental de las faenas forestales que se desarrollan en la comuna de Quilaco, el Consejo concluye acogiendo parcialmente el amparo.
El oficio enviado el pasado 7 de octubre pretende aumentar los niveles de transparencia en los procedimientos de consulta pública y de cuenta pública participativa.
El CPLT, a partir de la información contenida en su sitio www.infolobby.cl, entregó un primer reporte respecto de las municipalidades.
El órgano reclamado en sus descargos sostuvo que no respondió a la solicitud de información dentro de plazo en razón que no habría ingresado por alguna de las vías determinadas para ello.
El CPLT concluye acogiendo el amparo de acceso a la información planteado y ordenando al organismo reclamado a entregar la información solicitada en un plazo que no supere los 10 días hábiles.
El Consejo para la Transparencia publicó su reporte mensual de aquellos organismos que registran mayores solicitudes de información pública a través del portal de transparencia.
El Consejo requirió a la docente afectada indicara los derechos que se verían afectados, la que arguyó en sus descargos que se afectaba su derecho a la vida privada y el derecho a desarrollar una actividad económica.
El CPLT solicitó a las municipalidades de Las Condes y Lo Barnechea información sobre el sustento jurídico para instalar globos aerostáticos dotados de cámaras de alta tecnología.