CS confirmó sentencia que rechazó protección contra particular por presunto desacato de no construir un dique.
La Corte de Punta Arenas indicó que, el recurso de Protección no resultó ser la vía idónea para discutir los hechos denunciados.
La Corte de Punta Arenas indicó que, el recurso de Protección no resultó ser la vía idónea para discutir los hechos denunciados.
La Corte Suprema señaló que, se desprendió que el descuento de las remuneraciones de los actores, si bien apareció revestido de fundamento legal, resultó ser arbitrario.
La sentencia de la Corte Suprema, fue acordada con el voto en contra del abogado integrante Pedro Pierry.
La Corte de Santiago indicó que, es posible afirmar que la recurrida, incurrió en actos de autotutela.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1, 2, 3 inciso quinto y 24 de la Constitución Política de la República.
La Corte Suprema declaró admisible el recurso.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales del artículo 19 numerales 2 y 3 inciso 6°.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 numerales 1, 2 y 5 de la Constitución.
La Corte de Concepción indicó que, del simple análisis de los documentos descritos no apareció antecedente alguno que permita concluir la existencia de un acto ilegal o arbitrario.
La Corte Suprema señaló que, la recurrida Metlife S.A. no negó que modificó la póliza contratada por el actor.