CS revocó sentencia y acoge amparo contra Juzgado de Garantía de Santiago.
La Corte de Apelaciones de San Miguel, rechazó el recurso de amparo, mas la Corte Suprema, en alzada, revocó esta decisión y acogió el arbitrio constitucional.
La Corte de Apelaciones de San Miguel, rechazó el recurso de amparo, mas la Corte Suprema, en alzada, revocó esta decisión y acogió el arbitrio constitucional.
La decisión fue acordada con el voto en contra de los Ministros Juica y Cisternas, quienes estuvieron por confirmarla, teniendo para ello en consideración que el acusado quedó sujeto, en el domicilio dado en el tribunal a las ordenes y requerimientos que este le formulará
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de amparo, decisión que fue confirmada en todas sus partes por la Corte Suprema en alzada.
La Corte Suprema en alzada, confirmó el fallo en todas sus partes. Sin perjuicio de ello –por aparecer del petitorio de la acción de amparo y del recurso de apelación- decidió suspender la medida de abandono decretada.
Se dedujo acción de amparo preventivo en contra de funcionarios del Servicio de Registro Civil e Identificación, de la Policía de Investigaciones y del Departamento de Extranjería y Migración, del Ministerio del Interior y de Seguridad Pública.
La Corte Suprema, en alzada, confirmó la sentencia apelada en todas sus partes con el voto en contra de los Ministros Dolmestch y Cisternas, quienes estuvieron por revocar la sentencia en alzada, y en consecuencia, desestimar la acción de amparo intentada.
La Corte Suprema, en alzada, confirmó el fallo en todas sus partes con la prevención de los Ministros Blanco y Aránguiz, quienes estuvieron por ordenar al juez a quo que adopte las medidas pertinentes a fin de que se lleve a cabo la audiencia solicitada por el alimentante para los efectos previstos en los artículos 14 inciso final y 15 de la Ley N°14.908.
La Corte de Santiago no adviertió ningún acto arbitrario o ilegal, que prive, perturbe o amenace el derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado, por lo que procedió a rechazar el arbitrio constitucional.
En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo presentado por un ciudadano extranjero, a quien el Ministerio de Relaciones Exteriores le denegó la solicitud de visa de residencia permanente en Chile.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el amparo constitucional, y la Corte Suprema, en alzada, confirmó la sentencia recurrida.