CS confirmó fallo que acogió amparo en contra de Intendencia de Arica y Parinacota que decretó la expulsión de ciudadano venezolano.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
El amparado considera vulnerado su derecho a la libertad individual.
Máximo Tribunal ordenó que pasen los antecedentes a sala no inhabilitada de la CA de Arica.
El amparado habría sido amenazado de muerte por otros internos.
Información salió a la luz tras hackeo a Carabineros.
La Corte consideró que la materia objeto del recurso no es de aquellas previstas por el artículo 21 de la Constitución Política de la República para la procedencia de la acción de amparo.
La Corte señala que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile, no resulta suficientemente categórico para demostrar que el amparado no presenta «avances en su proceso de reinserción social».
La amparada considera vulnerada su libertad ambulatoria, por encontrarse coaccionada a actuar contra su voluntad, afectando su autodeterminación y su libertad de circulación interna o externa por un tiempo significativo.
El fallo del Tribunal de Alzada señaló que, no se verificó la existencia de un acto u omisión arbitrario e ilegal por parte de la recurrida.
El recurrido consideró insuficiente la justificación del amparado.
La Corte de Concepción indicó en su oportunidad que, no es posible advertir la existencia de actos u omisiones ilegales y/o arbitrarios que puedan afectar algunas de las garantías que se reclaman conculcadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional.