CS revocó fallo y rechazó amparo en contra de Ministerio de Relaciones Exteriores que negó residencia temporaria a ciudadano argelino.
El amparado se encuentra casado con una ciudadana chilena de residencia en el país.
El amparado se encuentra casado con una ciudadana chilena de residencia en el país.
El amparado solicitó traslado para el cumplimiento de su pena.
El amparado señala que se vulnera el non bis in idem.
El decreto de expulsión fue dictado hace más de 10 años.
Los amparados se encuentran formalizados por el delito de homicidio.
El amparado se mantiene ansioso por esa situación.
El informe habría sido la causa principal para rechazar pena mixta.
Los ministros Brito y Dahm estuvieron por revocar el fallo en alzada y acoger el recurso de amparo, teniendo en consideración para ello que la conducta por la que fue condenado el amparado en su país de origen, dice relación con el porte de un arma de fuego, hipótesis que no se encuentra contemplada en el artículo 15 N° 2 de la ley de extranjería.
Ambos amparados mantienen pendiente su proceso de regularización.
El decreto se basó en la formalización por un delito del que finalmente fue sobreseído.