CS confirmó sentencia que rechazó protección deducido por sociedad contra Alcalde de Talca por dictación de Decreto Alcaldicio que ordenó término de concesión de inmueble a recurrente.
La Corte de Talca indicó que, del examen de los antecedentes allegados a estos autos y normativa vigente, no se advirtió que existió de parte de la recurrente un derecho indubitado.