CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección contra Armada por incluir en Lista de Retiro a guardiamarina que reprobó asignatura.
La Corte Suprema revocó la sentencia apelada señalando que, del mérito de los antecedentes apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.