CS revocó sentencia y acogió protección deducido por recurrente a su nombre y de su hija contra MINEDUC por no ser seleccionadas para gratuidad universitaria.
La Corte Suprema señaló que, al otorgar el beneficio de que se trata únicamente por el año académico 2019 el Ministerio de Educación incurrió en un acto que debe ser tildado de ilegal y arbitrario.