Columnistas
Renato Jijena
Abogado PUCV, Diplomado en Derecho Informático U. de Zaragoza, Magister en Gobierno Electrónico UTEM, Magister (c) Derecho Público PUCV y Profesor de Derecho Informático PUCV.
Protección de datos personales en materia laboral: el derecho a la imagen propia del trabajador.
Tres pueden ser las garantías o los Derechos Fundamentales susceptibles de ser afectados o tensionados, a esta fecha en Chile, de la mano d de las TICs y en el contexto de las relaciones entre un empleador y sus trabajadores. El derecho “al respeto y a la protección” de la Vida Privada, a la Privacidad o la Intimidad; el derecho a la Inviolabilidad de toda forma de Comunicación Privada; y desde el año 2018 el derecho autónomo a la Protección de Datos Personales.
Los Consumidores y el Derecho Fundamental a la Protección de Datos Personales.
En el supuesto de que los proveedores «reporten una violación de seguridad de sus bases de datos o de aquellas de las que se sirvan y que contengan información de sus clientes o usuarios», será mandatoria la entrega de información a los consumidores de lo ocurrido, dentro de 24 horas contadas desde el referido reporte.
Derecho al Olvido y hechos históricos: una mirada al Derecho Comparado en materia de Protección de Datos Personales.
Así como en su momento hubo que negar el carácter absoluto del derecho al olvido ante las libertades de expresión e información, él tampoco puede implicar un derecho sin límites al «borrado de la historia».
Identidad Digital y Datos Personales.
La llamada «Identidad Digital» (ID) se construye y se gestiona técnica y jurídicamente, donde un método automático crea credenciales o atributos de la identidad asociadas siempre a un dato nominativo, para que un sistema informático y/o telemático -como lo son todas las actuales plataformas- pueda verificar -con seguridad- quien es la persona que está accediendo a él desde el otro extremo de la conexión.