Columnistas

Felipe Rivera
Estudiante de la Carrera de Derecho, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Atacama. Miembro del Semillero de Derecho Público del Centro de Investigación Estudiantil (CIE) de la misma casa de estudios. Realizó una pasantía de estudios sobre Derecho parlamentario chileno en la Academia Parlamentaria de la Cámara de Diputados de Chile. Actualmente es estudiante del curso de Derecho Parlamentario y práctica legislativa chilena del Programa de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Columnista del Diario Constitucional.

Ética parlamentaria y los episodios de indisciplina en la Cámara de Diputados.

La utilización de insultos o palabras poco adecuadas para tratarse entre ellos, la incitación al odio y desórdenes públicos, la realización de pasos de bailes o «performance» de programas animados en el hemiciclo, la presentación de mociones parlamentarias inconstitucionales o la inasistencia injustificada a las sesiones de sala y comisiones por encontrarse como panelistas en programas de televisión (matinales), son algunos ejemplos.

27 de julio de 2020


Facultades constitucionales y legales de los partidos políticos para sancionar a los militantes que actúen en contra de su declaración de principios y estatutos.

Lo primero que hay que decir, es que un partido político no puede afectar la libertad de opinión de sus militantes por el solo hecho de tener un pensamiento distinto al de la colectividad.

19 de julio de 2020


Iniciativa popular o ciudadana de ley: un desconocimiento de la normativa parlamentaria y de los conceptos de soberanía y democracia representativa.

Efectivamente la normativa constitucional parlamentaria actual, solo permite al Presidente de la República y al Congreso Nacional la iniciativa para presentar proyectos de ley a través de mensajes presidenciales y mociones parlamentarias, pero ello no ha sido impedimento para que la ciudadanía tenga un rol participativo en el proceso de formación de la ley.

13 de julio de 2020


Protección constitucional del derecho a la educación en Chile: una reforma pendiente.

El derecho de educación, al tener vital importancia en el desarrollo intelectual de la persona humana y de la sociedad chilena, debería contar con un mecanismo de tutela y protección constitucional que lo ampare en forma «directa» en caso de cualquier vulneración del mismo.

2 de junio de 2020


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