Por Nadia Silhi*
A comienzos de septiembre, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, respondió al anuncio realizado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH) consistente en que interpondrá una demanda contra el Estado de Chile ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), por no cumplir el compromiso de impulsar el matrimonio igualitario. De acuerdo al Gobierno, “no hay ninguna obligación pendiente”.
Pocos días después, la Fundación Iguales presentó un requerimiento ante Contraloría General de la República (CGR) para que se pronuncie sobre la modificación al Plan Nacional de Derechos Humanos que afecta al proyecto de matrimonio igualitario. Su Presidente Ejecutivo, Juan Enrique Pi, afirmó que “el Gobierno no puede modificar unilateralmente las obligaciones internacionales del Estado en materias de Derechos Humanos, menos cuando la misma Contraloría dijo que el Acuerdo de Solución Amistosa (ASA) era vinculante.”
Precisamente un cambio en el Plan Nacional de Derechos Humanos, que elabora –recordemos- la Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es lo que las organizaciones de la diversidad sexual reprochan, ya que el Gobierno cambió la palabra “impulsar” el vínculo de personas del mismo sexo, por “monitorear“, lo que iría en contra de lo acordado en 2016 y ratificado por la CGR en 2018, cuando rechazó un recurso presentado por los diputados J.A Kast, Arturo Squella y Juan Antonio Coloma Álamos que buscaba declarar ilegal el acuerdo firmado ante la CIDH, descartando que existiera alguna ilegalidad en el ASA que el Estado de Chile y el MOVILH firmaron ante la CIDH. El órgano contralor estableció en su pronunciamiento que los compromisos asumidos por el Estado frente a la CIDH son vinculantes.
Y es que en el año 2016 se alcanzó un ASA entre el Estado de Chile y el Movilh, en virtud del cual el Gobierno anterior presentó al Congreso Nacional un proyecto de ley para incorporar en la legislación chilena el matrimonio igualitario. La iniciativa plantea 37 cambios al Código Civil. Tiene efectos además en aspectos de filiación y patrimoniales. Con ella, Chile entraría al grupo de países que por vía legislativa han establecido el matrimonio para personas del mismo sexo; en América Latina se ha aprobado matrimonios igualitarios en Argentina, Brasil, Colombia, Uruguay y Ecuador. Existen diferentes apreciaciones en favor y en contra de la iniciativa.
El ASA es el resultado de la petición iniciada en 2012 por el MOVILH y seis personas a la CIDH, basados en que el Estado de Chile habría vulnerado los derechos de éstas, establecidos en la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), en el sentido de discriminar a la población LGBTIQ+. La obligación de ingresar un proyecto de ley sobre matrimonio igualitario fue una de las obligaciones que asumió el Estado en el acuerdo, y que, como se dijo, cumplió el gobierno de la Presidenta Bachelet.
Recién en julio de este año se había retomado la discusión sobre el proyecto de ley en comento en el Senado. Ya venía desde 2018 MOVILH advirtiendo públicamente sobre el retraso que ha tenido el cumplimiento de los compromisos del Estado de Chile en el marco del Acuerdo de Solución Amistosa, precisando que el matrimonio igualitario, cuya expectativa estaba centrada en que se hubiera votado al menos la idea de legislar, no avanza en su tramitación, habiendo sido enviado al Congreso en octubre de 2017, cuando ya se habían ingresado a tramitación 3 mociones parlamentarias desde 2008 con la misma finalidad y a instancias de los diputados Marco Enríquez Ominami, Fulvio Rossi y Felipe Letelier, respectivamente.
Luego, en el Congreso, la Comisión de Legislación y Justicia abordó a comienzos de septiembre 2019 el tema del matrimonio igualitario y escuchó algunas intervenciones, empero, no votó la idea de legislar o no sobre el asunto ante la ausencia de dos senadores oficialistas que participaron en un acto oficial. La materia será nuevamente tratada en octubre. Si el proyecto contara con el patrocinio del gobierno, éste podría ponerle urgencia y apurar el debate.
En cuanto al fondo del asunto, es necesario, de acuerdo a Iguales, incorporar a la legislación el matrimonio igualitario. La Constitución chilena establece que todas las personas nacen con los mismos derechos. Sin embargo, esto no se cumple en el caso del matrimonio, pues las parejas de sexo opuesto pueden casarse pero las del mismo sexo no. Es decir, existe una discriminación por orientación sexual en el acceso al matrimonio.
Prosiguen señalando que desde octubre de 2015 está vigente la Ley de Acuerdo de Unión Civil, que crea un nuevo estado civil para convivientes de distinto y del mismo sexo. A pesar de que es un avance, hay una serie de beneficios sociales a los cuales las personas casadas pueden optar pero los/as convivientes civiles no, tales como la pensión de sobrevivencia en caso de accidente del trabajo o enfermedad profesional, la asignación familiar y maternal, el aporte familiar permanente de marzo, el bono por cincuenta años de vínculo y el feriado de 5 días al celebrar matrimonio. Además, el sistema previsional de las Fuerzas Armadas y de Orden y el antiguo sistema de pensiones no fueron incorporados en la ley, lo que deja a los/as convivientes civiles de personas afiliadas a estos sistemas en particular desventaja.
Finalmente, aduce Iguales que, más allá de lo económico, es necesaria una ley de matrimonio igualitario que considere la situación de los/as hijos/as de parejas del mismo sexo. A pesar de que en Chile aún no existe la adopción conjunta de un(a) niño/a en forma conjunta por parte de una pareja del mismo sexo, sí existen niños/as con dos padres o dos madres mediante la inmigración de padres o madres con hijos/as, la adopción por parte de solteros/as con pareja del mismo sexo, la reproducción asistida y las relaciones heterosexuales anteriores de personas que luego tienen una pareja del mismo sexo. Esos/as niños/as y adolescentes tienen un vínculo legal solo con uno/a de sus padres o madres, lo cual los/as deja en una grave desprotección en caso de separación de sus padres o madres o muerte de uno/a de ellos/as. Una ley de matrimonio igualitario eliminaría la heterosexualidad obligatoria que existe en la actualidad tanto en el acceso al matrimonio como en la determinación de la filiación.
Con todo, no pareciera haber razones para ser optimista a corto plazo. La posición del Gobierno actual y concretamente del Presidente Piñera nunca ha sido favorable a incorporar el matrimonio entre personas del mismo sexo, mucho menos la adopción homoparental. Por ende, habrá que estar expectantes a la presión que pueda ejercer la sociedad civil para que el Estado cumpla los compromisos internacionalmente contraídos cuando se carece de voluntad política en ese sentido.
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* Investigadora del Centro de Estudios Constitucionales y Administrativos de la Universidad Mayor.