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Con voto dividido y prevención.

CS revoca sentencia y declaró admisible amparo deducido en contra de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Arica por decretar prisión preventiva de imputado.

Máximo Tribunal ordenó que pasen los antecedentes a sala no inhabilitada de la CA de Arica.

1 de enero de 2020

En fallo dividido, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica y en su lugar declaró admisible amparo deducido en contra de la Primera Sala del mismo tribunal de alzada, frente a sentencia que decretó prisión preventiva de imputado en el marco de proceso penal.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que el pretendido recurso de amparo ha sido interpuesto en contra de una de las salas del mismo Tribunal de alzada, por lo cual bajo la directa aplicación del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, no puede ser acogido a tramitación.
Por su parte, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Arica y ordenó que la acción de amparo sea conocida por una sala no inhabilitada para tales efectos. La decisión contó con la prevención del ministro Sr. Künsemüller, quien precisó que la materia que sirve de fundamento a la acción es independiente del contenido de la resolución que le sirve de fundamento, no alterándose el sistema recursivo en materia procesal penal. Además, la decisión fue acordada con el voto en contra del ministro Sr. Valderrama y del abogado integrante Sr. Barra, quienes estuvieron por confirmar el fallo de alzada en virtud de sus propios fundamentos.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 36.349-2019 y de la Corte de Apelaciones de Arica Rol Ingreso N° 246-2019.

 

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