En la sesión de este lunes (5 de agosto), la Comisión de Constitución Legislación, Justicia y Reglamento del Senado aprobó, por tres votos contra dos, el texto actual del proyecto de ley que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y establece que será el Consejo para la Transparencia (CPLT) el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la normativa.
La medida persigue subsanar el retraso que muestra el marco regulatorio en materia de protección de datos personales –normativa que data de 1999-, dejando bajo la tutela del CPLT el resguardo, fiscalizaciones, sanciones y otras atribuciones en este ámbito.
Entre las principales funciones del Consejo -que pasará a denominarse Consejo para la Transparencia y Protección de Datos Personales- consignadas en la propuesta se cuentan: velar por el respeto, defensa y protección del derecho de la vida privada de las personas en relación al tratamiento de sus datos personales, así como también la promoción de la participación ciudadana en relación a estas materias.
Durante la presentación ante la instancia del Senado, el presidente del CPLT, Jorge Jaraquemada, sostuvo que, entre otras cuestiones, la institución que lidera se transforme en la autoridad en materia de datos personales responde a estándares internacionales que exigen “una institucionalidad independiente y autónoma del Poder Ejecutivo para poder resolver y sancionar en caso de incumplimiento, respecto tanto de los privados como de los organismos públicos. Y además, obviamente es deseable que sea un organismo colegiado para equilibrar distintas visiones”.
“El Consejo de Europa ha recomendado que las agencias sean una sola que reúna ambas competencias y por qué, cuál es el argumento del CE, que se produce de esta forma mejor conocimiento de ambos derechos –derecho acceso a la información y protección de datos- y de tal forma permite conciliarlos mejor”…” “al ser una sola agencia se aprovecha el rodaje que ha tenido el Consejo en 10 años de existencia donde ha ido adquiriendo y acumulando una vasta jurisprudencia sobre datos personales aplicable a órganos del Estado y esa curva de aprendizaje se acelera muchísimo”, sostuvo Jaraquemada.
El titular del CPLT subrayó que dado que el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales “son derechos que están en permanente tensión, requieren ser ponderados, conciliados y armonizados, dos instituciones, a nuestro juicio implicarían una mayor incerteza jurídica debido a las interpretaciones que ambas podrían tener”.
Asimismo, el consejero del Consejo, Marcelo Drago, enfatizó en cuestiones propias del ámbito internacional vinculadas a la aprobación y entrada en vigencia de la iniciativa: “El país tendrá que tomar decisiones internacionales: uno, suscribir o no el convenio 108 del Consejo de Europa; dos, pedir o no la declaración de país adecuado a la Comisión Europea”.
Esto dado que a partir de la adecuación europea “se abre la posibilidad de un libre flujo de datos en un ambiente regulatorio adecuado con el bloque europeo como conjunto, como economía completa” lo que para el consejero Drago constituye una “tremenda oportunidad” desde el punto de vista regulatoria para abrir el camino a la Economía de Datos. En ambos casos, se requiere que la autoridad a cargo del resguardo de los datos personales debe ser “autónomo, independiente, sin apellidos”, concluyó Drago.
RELACIONADOS
*Protección de datos personales: Comisión de Constitución del Senado plantea dudas sobre la institucionalidad que se hará cargo…
*Opinión: Tratamiento de datos personales. Estado actual de la legislación nacional…