Este 25 de febrero, la Corte de Apelaciones de Santiago, ratificó lo señalado en la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) del 18 de agosto de 2018 ordenando a la Armada de Chile la entrega de antecedentes sobre viajes realizados por el Comandante en Jefe de la institución, Julio Leiva, y todos sus vicealmirantes.
El pronunciamiento del CPLT que resolvió acoger parcialmente el amparo Rol C1180-18 contra de la Armada, refiere a la solicitud del “detalle de los viajes realizados por el Comandante en Jefe de la Armada, Julio Leiva, durante su período a cargo de la institución, además de los viajes efectuados por todos sus vicealmirantes, indicando: fecha y costo para la institución (dividido por costo de pasaje y viático)”.
Este caso se suma a una serie de amparos –nombre con que la Ley de Transparencia identifica un caso presentado ante el CPLT por disconformidad ante la respuesta de la institución requerida tras solicitarse información- en contra de la Armada vistos por el CPLT y que refieren a solicitudes de información sobre gastos de viajes, viáticos y otros recursos destinados al alto mando naval. Sin embargo, la institución uniformada ha denegado el acceso a este tipo de antecedentes argumentando que se afectaría la Seguridad Nacional y la Defensa Nacional.
La ratificación por parte de los Tribunales de Justicia de los razonamientos del Consejo para la Transparencia apuntan a que el registro de fechas y montos gastados en estos viajes sería información pública y que su entrega sin consignar los destinos de dichos traslados, no afectaría actividades o funciones estratégicas desarrolladas por el alto mando institucional ni bienes jurídicos protegidos por la Constitución (como la Seguridad Nacional).
La Corte de Apelaciones compartió de este modo el análisis del CPLT puesto que no consideró que el acceso a esta información no implica crear un acto administrativo nuevo, sino que presentar los antecedentes –en la actualidad en distintos soportes documentales- de acuerdo a lo solicitado en el requerimiento, vale decir, fecha y costo de los viajes.
Respecto de la causal de reserva aludida por la Armada, la Corte llega a la misma conclusión que el Consejo y es que los antecedentes solicitados en ningún caso afectarían la seguridad de la nación o la defensa nacional pues el registro de acuerdo a los conceptos descritos nada indican sobre los motivos, objetivos, actividades realizadas en los viajes, ni antecedentes técnicos militares.
“Ante crisis institucionales como las que viven el Ejército y Carabineros, la Armada debiera tomar la oportunidad y optar por el camino de la transparencia. La desconfianza ante prácticas y decisiones en este ámbito puede neutralizarse sólo a partir de medidas concretas que derroten espacios de opacidad, alejándose del abuso de las causales de secreto”, subrayó el presidente del CPLT, Marcelo Drago.
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