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CPLT reitera a la Armada obligación de entregar información por viajes, viáticos y otros gastos destinados al alto mando naval.

Ello tras denegación de acceso a ésta y otra información del comandante en jefe y vicealmirantes, aludiendo a que se afectaría la seguridad y el interés nacionales.

5 de febrero de 2019

En enero pasado el Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia (CPLT) decidió acoger dos nuevos amparos en contra de la Armada de Chile (roles C4885-18 y C4887-18) y ordenar la entrega de información sobre viajes efectuados en el período en que ha ejercido el cargo el Comandante en Jefe de la institución, Julio Leiva, y todos los Vicealmirantes, más costos de viático y representación, omitiendo información respecto de los destinos.
Dichos amparos se suman a igual número de reclamos en contra de la repartición vistos por el Consejo entre julio de 2018 y enero de 2019,en los que se ha solicitado información sobre gastos de viajes, viáticos y gratificaciones, asignaciones y otros conceptos destinados al alto mando naval. En estos cuatro casos la entidad ha denegado la totalidad o parte de la información, dependiendo de cada amparo, alegando reserva por afectación a la Seguridad de la Nación o Defensa Nacional.
El segundo semestre de 2018 el CPLT había resuelto un requerimiento similar (rol C1180-18) que apuntaba a conocer los costos para la Armada de los viajes efectuados por oficiales de alto rango, incluyendo al Comandante en Jefe, divididos en pasajes y viáticos. En este caso, el Consejo ordenó la entrega parcial de los antecedentes solicitados, sin entregar los destinos de los viajes realizados.
En el caso de la fecha y costo que conlleva para la institución, el CPLT hizo una distinción, argumentando que “no revelará de modo directo actividades o funciones estratégicas que pudiere haber desarrollado dicho Alto Mando en cada uno de sus viajes”, como se consigna en la decisión del caso.
La Armada de Chile ingresó a la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago un reclamo reclamo de ilegalidad en contra de esta decisión del Consejo, quedando a la espera de que se dicte sentencia.
En paralelo, el Consejo para la Transparencia acogió en enero de 2019 un reclamo derivado de la entrega parcial de antecedentes sobre montos efectivamente percibidos por concepto de gratificaciones, asignaciones y viáticos por parte de Leiva, y gastos por cuentas de servicios, en específico de telefonía celular, pagadas al funcionario o a integrantes de su grupo familiar (rol C3519-18).
Ante situaciones como las descritas, el CPLT volvió a apuntar a la urgencia de adoptar a la brevedad y no en contextos de crisis derivadas de casos particulares, situaciones que en el caso de otras ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad ya no se vinculan a situaciones puntuales.
El presidente del CPLT, Marcelo Drago, comentó sobre el particular que: “En el último tiempo en el sector de las Fuerzas Armadas y en las de Orden y Seguridad, hemos visto que pasamos de situaciones muy puntuales a la instalación de algo más sistémico. Además lo ocurrido en estos casos dice relación con materias que están fuera del ojo público y que no hemos visto en otros ámbitos de la administración del Estado porque existen herramientas de transparencia que apuntan a prevenir”.
Asimismo, informó que los antecedentes de los amparos C1180-18 y C3519-18 ya fueron enviados a la Contraloría General de la República para los fines que la institución estime, pero que desde la perspectiva del Consejo para la Transparencia se podría estar ante una “eventual infracción” a la Ley del Lobby al no informarse detalles de los viajes del alto mando.
Drago, recordó que la entidad a la que representa remitió al Ministerio de Defensa y a los presidentes de las comisiones del ramo de la Cámara de Diputados y del Senado una minuta en la que se detallan una serie de propuestas que apuntan a mejorar la propuesta de probidad y transparencia para las Fuerzas Armadas y Defensa presentada por el Ejecutivo en noviembre pasado.
Una de ellas refiere a la modificación o derogación del artículo 436 del Código de Justicia Militar, cuya aplicación permite a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad mantener reglas especiales de secreto en materia de defensa. A partir de su aplicación, las FFAA y de Orden pueden aludir a la causal de seguridad e interés de la Nación, como ha ocurrido en los casos de antecedentes sobre gastos del alto mando naval.
A juicio del titular del CPLT aludir a estas causales es inconstitucional y su aplicación debiese circunscribirse a materias estrictamente militares, dado que actualmente “la interpretación que se le está dando crean bolsones de opacidad y secretismo”. 
“Consideramos de suma relevancia cooperar con la agenda de transparencia y probidad en este sector proponiendo algunos temas que echamos de menos en la propuesta que se presentó, incluyendo además a Carabineros en este esquema de nuevo trato en transparencia y acceso a información, parte de ella con carácter de reservado actualmente”, finalizó el presidente del CPLT.

 

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