La Segunda Sala del Tribunal de alzada de Temuco acogió a trámite el recurso de protección interpuesto por apoderados del Colegio Inglés George Chaytor Carson, quienes producto de la propagación del coronavirus, solicitaron al establecimiento "abstenerse de efectuar y aplicar los cobros correspondientes a los servicios educacionales suscritos para el año escolar 2020".
La suspensión del pago de mensualidades se solicita mientras no se retomen las clases presenciales producto de la propagación del coronavirus en el país.
La Corte ordenó a la recurrida informar dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación, bajo apercibimiento de prescindir de dicho informe si éste no es evacuado dentro de dicho plazo.
Junto con declarar admisible el recurso el Tribunal de alzada decretó prden de no innovar.
Vea texto íntegro de la sentencia Rol Nº2560-2020.
RELACIONADOS
*CS confirma sentencia que desestimó reclamación de colegio contra multa aplicada por la Superintendencia de Educación por episodios de bullying sufridos por adolescente en sus dependencias…
*CS revocó sentencia y acogió protección deducido en favor de 77 alumnos contra Colegio por diferencias en aplicación de sistema de evaluación…