En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que acogió la demanda por despido injustificado deducida por trabajadora de local de la empresa Pre Unic S.A.
La sentencia sostiene que es un hecho acreditado, y por ende inmodificable para esta Corte, el que el actor incorporó una licencia médica electrónica extendida con fecha 3 de mayo de 2019, con descanso desde el día 2 del mismo mes.
La resolución agrega que atendido lo expuesto, el actor ha justificado la ausencia, por lo que la decisión del sentenciador se ajusta a derecho, no existiendo la infracción denunciada, por lo que la causal no puede prosperar, por estrellarse en contra de los referidos hechos.
El fallo de primera instancia ordenó a la empresa pagar a la demandante: $325.630 como indemnización sustitutiva del aviso previo; $651.260 como indemnización por años de servicio; el pago de un recargo del 80% de la indemnización por años de servicio ascendente a $521.008, y el pago del feriado proporcional adeudado solamente en la suma demandada por $69.886.
Vea textos íntegros de las sentencias Rol Nº 2.897-2019 de la Corte de Santiago y de primera instancia.
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