Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de amparo deducido por abogado en favor de su representado y en contra de Juzgado de Garantía de Curicó. El recurrente señala su representado ha sido acusado únicamente por la parte querellante y que, el 16 de enero de este año, fue notificado que tiene por interpuesta acusación particular en su contra, sin haber podido obtener su defensa, hasta el momento, copia de los antecedentes de la investigación conforme lo dispone el artículo 260 del Código Procesal Penal. Señala que, en razón de lo anterior, solicitó al recurrido que se fijara una audiencia de cautela de garantías con anterioridad a la audiencia de preparación de juicio oral, petición que no fue acogida y fijó para el mismo día la audiencia de preparación de juicio oral.
El recurrido señala en su informe que la audiencia solicitada por el abogado defensor recurrente fue concedida, pero que no pudo ser programada para una fecha más próxima debido que en esta época el tribunal funciona con escaso personal. Agrega que a su parecer no se han conculcado los derechos del amparado pues lo que se busca es la investigación del Ministerio Público, ente que no formalizó ni acusó al amparado, sino que hizo uso de su facultad de no perseverar.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso, concluyendo que estima que efectivamente, la audiencia de preparación del juicio oral, respecto de un interviniente que no fue objeto de formalización, y a quien solo se le ha notificado la acusación particular, la cual da cuenta de diversos medios probatorios, los que no están en su poder y por ende no pueden ser conocidos por esa parte, por lo que oportunamente pidió la audiencia de cautela de garantías. El dejar dicha audiencia para el mismo día deja a la amparada en una clara indefensión, toda vez que llegar a dicha audiencia a ejercer su derecho a defensa, en especial, a impugnar los medios de prueba sin conocerlos previamente, ni en su extensión ni en su contenido, y respecto de los cuales no se ha entregado oportunamente la copia completa e íntegra para ejercer sus derechos.
Vea texto íntegro de la sentencias de la Corte de Apelaciones de Talca Rol Amparo 21 – 2020.
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