En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Iquique que declaró inadmisible la acción de protección interpuesta en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Iquique por la constitución de la comisión de un concurso integrada de modo supuestamente irregular para proveer cargos.
En su sentencia, la Corte de Iquique indicó que, apareciendo de los antecedentes del recurso, que el acto que se estimó ilegal y arbitrario es la constitución de la comisión del concurso integrada de modo irregular, y constando de los antecedentes aportados por los recurrentes, que ellos tomaron conocimiento del mismo, al menos con fecha 13 de septiembre del año en curso, mediante presentación de carta denuncia por parte de la Asociación de funcionarios a la cual pertenecen, se advirtió que el presente recurso ha sido interpuesto fuera del plazo de treinta días corridos que establece el Nº 1 del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, y, de conformidad con lo dispuesto en el Nº 2 del texto ya citado, se declaró inadmisible la acción de protección interpuesta, por extemporánea.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 33787-2019 y de la Corte de Iquique Rol N° 985-2019.
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