En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó el recurso de protección deducido por locatarios del Terminal de Buses de Talca en contra de la Municipalidad de Talca y de la Sociedad Inversion Andina Limitada, por realizar construcciones en espacios comunes de Terminal de Buses.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de Municipalidad de Talca y de la Sociedad Inversion Andina Limitada por comenzar a realizar, sin autorización alguna, obras de construcción de local comercial en áreas que. a juicio de los recurrentes son espacios comunes, específicamente una zona denominada como Andén 1 o aparcadero 1 del patio de maniobras del Terminal de Buses.
Los recurrentes estimaron vulnerados sus garantías constitucionales de los numerales 2, 16, 21 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental.
La Corte de Talca señaló en síntesis que, descartó vulneraciones a los derechos relativos en los numerales 2, 16 y 21 de la Constitución, pero con la construcción impugnada en autos, sin perjuicio de la controversia que puedan existir respecto del dominio de los espacios públicos, alteró el estatus quo existente, poniendo en riesgo o bajo amenaza el derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, que los actores podrían tener respecto de los espacios comunes del terminal, en su calidad de dueños de locales comerciales o de arrendatarios de los mismos. Ello, mientras no se determine y declare en el procedimiento respectivo.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.
Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 26999-2019 y de la Corte de Talca en causa Rol Nº 247-2019.
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