En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de amparo deducido en contra de funcionarios de la 13° Comisaria de Carabineros de la Granja, quienes habrían vulnerado la libertad individual e integridad personal de cuatro estudiantes de enseñanza media, y ordenó a la institución realizar investigación sumaria junto con prohibir a los funcionarios acercarse al domicilio de los adolescentes ni a su establecimiento educacional.
La sentencia sostiene que atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por carabineros y lo advertido por estos ministros en el registro de video acompañado por el abogado recurrente, se observa que en el actuar de los funcionarios recurridos se configuraría una infracción a la integridad personal y libertad individual de los recurrentes, lo que constituye una vulneración a lo dispuesto en la norma constitucional alegada, corresponde acoger la presente acción constitucional.
Por tanto, concluye que se acoge el recurso deducido en lo principal de fs. 1, y se ordena a Carabineros de Chile instruir investigación sumaria respecto a las acciones atribuidas a los funcionarios Manuel Alejandro Salgado Tapia y Roberto Carlos Pineda Cartes de la 13ª Comisaría de Carabineros de La Granja; y, de igual manera, se prohíbe que los citados funcionarios acercarse a los domicilios de los adolescentes por los que se recurre y al establecimiento educacional al que asisten, por el tiempo en que se desarrolle la investigación sumaria indicada.
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