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En fallo unánime.

Corte de Iquique ordena a municipalidad rectificar información sobre viáticos de concejala.

El Tribunal acogió la acción cautelar presentada por la concejala Catalina Cortés, por considerar vulnerado su derecho a la honra, pero rechazó el recurso deducido contra los medios que publicaron las cifras erróneas informadas por el municipio.

15 de febrero de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Iquique acogió recurso de protección y ordenó a la Municipalidad de Pica publicar en medios locales los gastos corregidos de los viáticos de concejala durante 2017 y 2018.
La sentencia, causa 14-2019, sostiene que de los antecedentes acompañados en este procedimiento, valorados conforme a la sana crítica, se aprecia que constatado que fue el error por parte de la Municipalidad de Pica, relativo a la cifra informada, se omitió aclarar la situación por la misma vía, comportamiento, atribuible sólo al municipio recurrido, que resulta constitutivo de una conducta omisiva que atenta contra la honra de la reclamante.
La resolución agrega que distinta es la situación respecto de los demás recurridos, quienes obtuvieron la información reclamada legalmente, de manera que no se observa en tal acto, la comisión de alguna ilegalidad o arbitrariedad, sino el legítimo ejercicio de la libertad de prensa.
Por tanto, concluye que se acoge el recurso de protección presentado en favor de doña Catalina Andrea Cortés Cortés, ya individualizada, sólo respecto de la Ilustre Municipalidad de Pica, quien ordenará publicar en los diarios recurridos, un anuncio que indique los gastos correctos de los viáticos incurridos por la actora, en su calidad de Concejal de dicha comuna durante los años 2017 y 2018 dentro de tres días desde que quede ejecutoriada esta sentencia, y se rechaza respecto del Diario la Estrella de Iquique y Tarapacá online.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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