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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que rechazó amparo deducido contra Jueza del Juzgado de Familia de Viña del Mar por decretar orden de arresto respecto del amparado por adeudar alimentos.

El amparado adeuda la suma de $523.371, en cuyo mérito el Tribunal despachó la orden que se reclama por esta vía, la que fue dictada por la juez competente, en la forma que determina la Ley y con las formalidades legales.

23 de julio de 2019

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso que rechazó amparo deducido en contra de Jueza del Juzgado de Familia de Viña del Mar, por decretar como medida de apremio, orden de arresto en contra del amparado por deudas de alimentos.

Respecto a los hechos, el amparado adeudaba más de un millón de pesos por este concepto, proponiendo el pago en 12 cuotas. Luego, se aprecia que actualmente, de acuerdo a la última Liquidación efectuada al mes de junio de 2019, la deuda asciende a la suma de $523.371.

En su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que en la especie se reprocha arbitrariedad e ilegalidad al  actuar de la Jueza del Juzgado de Familia de Viña del Mar, quien con fecha 03 de julio del presente año decretó como medida de apremio, orden de arresto en contra del amparado.

Luego, el fallo razona que del mérito del informe, aparece que el amparado adeuda la suma de $523.371, en cuyo mérito el Tribunal  despachó la orden que se reclama por esta vía, la que fue dictada por la juez competente, en la forma que determina la Ley y con las formalidades legales.

De esa forma, la sentencia concluye señalando que, en virtud de dichas consideraciones, se rechaza el recurso intentado. Por su parte, la Corte Suprema confirmó el fallo.

La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Silva, quien fue de la opinión de revocar la sentencia en alzada y acoger el recurso de amparo, por cuanto no hay antecedentes suficientes que justifiquen la medida de apremio atendido que el amparado no ha dejado de pagar o abonar la pensión alimenticia lo que amerita que se cite a las partes para estudiar nuevamente una fórmula de pago especialmente considerando que el arresto se dispuso estando la alimentaria con el alimentante en periodo de vacaciones

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 19618-2019 y de la Corte de Valparaíso Rol N° 482-2019.

 

 

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