La Moción busca prohíbe las cobranzas extrajudiciales vía telefónica y mediante visitas domiciliarias, aun cuando se realicen en días y horas hábiles, cuando se trate de bienes o servicios de primera necesidad y mientras se encuentre vigente un estado de excepción constitucional de catástrofe. Para estos efectos se entenderán por bienes y servicios de primera necesidad, aquellos que importen la provisión de servicios básicos domiciliarios de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, gas por cañería, sistemas de telefonía e internet; créditos hipotecarios para la vivienda; servicios médicos u hospitalarios o servicios educacionales.
El proyecto tiene su fundamento en el nivel de endeudamiento y el desempleo actual, ya que la pandemia ha incrementado los deudores morosos y afectado la salud física y mental de la población. Por lo que una acción de cobranza extrajudicial en tiempos de pandemia puede acarrear graves consecuencias en el estado psíquico de las personas, sumando presión y angustia a los ya difíciles tiempos.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo de la Cámara de Diputados.
Vea texto íntegro del Boletín Nº 13573-03.
RELACIONADOS
* Corte de Santiago multa a banco por no informar cálculos de cobranzas extrajudiciales…
* Presentan proyecto de ley que limita la cobranza telefónica de créditos de consumo…