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Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Corte IDH condena a Argentina por violar el derecho a recurrir el fallo ante un tribunal superior.

Los denunciantes no pudieron optar a la revisión de la sentencia debido a la legislación argentina.

11 de agosto de 2020

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sentenció en el Caso Valle Ambrosio y otro Vs. Argentina, que Estado de Argentina responsable por la violación del derecho a recurrir el fallo ante un tribunal superior, en perjuicio de los denunciantes Valle Ambrosio y Domínguez Linares.
Los hechos dicen relación con que el 23 de diciembre de 1997, la Cámara Novena del Crimen de Córdoba condenó a los denunciantes a tres años y seis meses de prisión a cada uno por la comisión de un delito de “defraudación por administración fraudulenta calificada”, ante lo cual, ambas víctimas interpusieron un recurso de casación, el cual fue rechazado “in limine”.
La Corte IDH advirtió que el aspecto central de las defensas de los denunciantes estuvo conformado, inter alia, por una serie de argumentos dirigidos a cuestionar la valoración que la Cámara Novena del Crimen de Córdoba había realizado de los hechos del caso y de cómo estos se adecuaban o no a la modalidad dolosa de la comisión del delito de defraudación por administración fraudulenta calificada. No obstante, la propia regulación del recurso de casación y la doctrina judicial que le precedía impidió a la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba apartarse de las conclusiones fácticas adoptadas por el tribunal a quo y le llevó a declarar ambos recursos de casación inadmisibles, sin entrar en el fondo de las cuestiones planteadas.
A la vista de lo anterior, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, concluyó que el Estado es responsable por la violación artículo 8.2.h de la Convención Americana de Derechos Humanos, sobre el derecho a recurrir el fallo ante juez o tribunal superior, en relación con los artículos 1.1, sobre la obligación de respetar los derechos y el artículo 2, sobre el deber de adoptar disposiciones de derecho interno.
En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación. En primer lugar, Argentina deberá realizar las publicaciones de la Sentencia y su resumen oficial, luego deberá adecuar su ordenamiento jurídico interno a los parámetros establecidos en la Sentencia sobre el derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior y, finalmente, pagar las cantidades fijadas en la sentencia por concepto de daño inmaterial.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Valle Ambrosio y otro Vs. Argentina.

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