Cuando fue adoptado el estado de emergencia sanitaria el pasado 23 de marzo en Francia, el Consejo Constitucional –cosa que algunos expertos critican- no se había pronunciado, pero ahora se recurrió a la institución garante de la Carta Magna para validar la prolongación de este estado de excepción que permite al ejecutivo gobernar por decretos.
En su dictamen los jueces censuraron dos aspectos importantes.
Por un lado, ya no se podrá aislar a las personas que entren en territorio nacional, sin la intervención de un juez. Por otro, el Consejo Constitucional puso límites al plan del Gobierno para rastrear, con las llamadas "brigadas sanitarias", a los futuros enfermos de Covid-19 y a sus contactos, sistema que ha suscitado preocupación respecto al secreto médico y a la vida privada.
Para los jueces constitucionales, si bien este sistema persigue el objetivo constitucional de protección de la salud, es necesario establecer ciertas restricciones, tales como, que los organismos de acompañamiento social, como por ejemplo los centros municipales de acción social, no tengan acceso a los datos médicos de las personas rastreadas sin el consentimiento de éstas. Asimismo, antes de usar dicha información, las autoridades tendrán que borrar los mails y números de teléfono asociados, además de nombres y direcciones. Finalmente, respecto de las medidas de "privación de libertades", como el aislamiento completo de los pacientes de Covid-19 que implica no poder salir de su domicilio o de algún lugar durante más de 12 horas por día, no se podrán adoptar sin el control de un juez de las libertades.
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