En Consejo de Ministros extraordinario, el Gobierno Español ha aprobado el Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19, que obligó a declarar el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo. Las nuevas medidas son complementarias de las que el Gobierno aprobó a través del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.
El real decreto-ley prevé que, durante la vigencia del estado de alarma, se entenderán como servicios esenciales, cualquiera que sea la titularidad, pública o privada o el régimen de gestión, los centros, servicios y establecimientos sanitarios que determine el Ministerio de Sanidad, así como los centros sociales de mayores, personas dependientes o personas con discapacidad, en los términos especificados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. De conformidad con dicho carácter esencial, tales establecimientos deberán mantener su actividad, pudiendo únicamente reducir o suspender la misma de manera parcial en los términos en que lo permitan las autoridades competentes.
También se adoptaron otras medidas, como la prohibición de despidos por causas relacionadas con el coronavirus; la agilización del acceso a la prestación por desempleo; la adopción de acuerdos sobre Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTEs) por parte de las cooperativas, que permiten la suspensión o reducción de jornada laboral; también se interrumpe el cómputo de la duración máxima de contratos temporales.
Asimismo, establece un nuevo régimen sancionador y reintegro de prestaciones indebidas; de cotizaciones y protección por desempleo; contratación de emergencia en el sector público y normas sobre comercio exterior.
El Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, entró en vigor el 28 de marzo de 2020, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y mantendrá su vigencia durante el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020 y sus prórrogas.
Vea texto íntegro del Real Decreto-ley 9/2020.
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