Noticias

Con un voto en contra.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección deducida por 3 diputados contra SENAME por procedimiento de entrega supuestamente irregular de menor.

La Corte de Concepción indicó en su oportunidad que, no es posible advertir la existencia de actos u omisiones ilegales y/o arbitrarios que puedan afectar algunas de las garantías que se reclaman conculcadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional.

28 de diciembre de 2019

Con un voto en contra, la Corte Suprema confirmó la sentencia que declaró inadmisible protección deducida por 3 diputados en contra del Servicio Nacional de Menores (SENAME) Región de Valparaíso por el procedimiento llevado a cabo por el Programa de Familias de Acogida Especializada Administración Directa del Sename (FAE ADD) por la entrega supuestamente irregular de un menor en una medida de protección.
Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Valparaíso indicó en su oportunidad que, atendido que del examen del recurso no es posible advertir la existencia de actos u omisiones ilegales y/o arbitrarios que puedan afectar algunas de las garantías que se reclaman conculcadas y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional; y teniendo presente además que la pretensión de los recurrentes excedió el objeto y naturaleza de la acción constitucional promovida en estos antecedentes, y visto lo dispuesto en los numerales 2 del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se declaró inadmisible el recurso de protección.
La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada. Siendo acordada con el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de que se trató y darle la tramitación correspondiente.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 33770-2019 y de la Corte de Valparaíso Rol N° 37095-2019.

 

RELACIONADO
*CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección respecto de resolución dictada por Jueza de Familia de Cañete…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad