Tribunal Constitucional

Por unanimidad.

TC rechazó impugnación de una norma de la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores que obliga al intermediario-proveedor a responder directamente al consumidor.

Interesa la sentencia, entre otras consideraciones, por cuanto el TC reitera que no procede la acción de inaplicabilidad si la cuestión sometida a su decisión incide en un conflicto de interpretación legal o atañe al mérito de la norma impugnada, por ser ello ajeno al ámbito de sus atribuciones en esa sede.

13 de mayo de 2008
A requerimiento de Jueces de Garantía.

TC conocerá impugnación de precepto del Código Procesal Penal que establece que el imputado -por determinados delitos- deberá permanecer privado de libertad si el Ministerio Público apela mientras se pronuncia la Corte de Apelaciones.

“el dilema es por qué una persona a la cual se le controló la detención y el juez negó la prisión preventiva debe permanecer privada de libertad por el simple hecho que el fiscal dedujera un recurso de apelación, el cual, al tenor del artículo 368 del Código Procesal Penal se concede en el solo efecto devolutivo y, por lo mismo, la resolución que negó la prisión preventiva debe cumplirse en tanto no se resuelva la apelación”.

1 de mayo de 2008
Primera Sala.

TC resuelve que acción de inaplicabilidad no cumple exigencia constitucional de que la aplicación del precepto legal impugnado pueda resultar decisiva en la resolución de un asunto.

El precepto legal impugnado establece que las organizaciones deportivas que otorguen concesión, suspenderán completamente sus actividades por el tiempo que dure la concesión y que solo conservarán su representación ante la sociedad concesionaria si fueren accionistas de ella.

10 de abril de 2008
Primera Sala.

TC declara inadmisible requerimiento de inconstitucionalidad que impugnaba auto acordado de la Corte Suprema con incidencia en una causa de derechos humanos.

Se solicitó declarar inconstitucional determinados autos acordados dictados por la Corte Suprema para que no fueran aplicados en una causa por secuestro calificado y desaparición forzada de personas de que conoce un ministro de fuero de la Corte de Santiago, “Episodio Tejas Verdes”, por contravenir la Constitución.

8 de abril de 2008
Control obligatorio.

TC califica como propias de Ley Orgánica Constitucional algunas normas del Convenio Nº169 sobre pueblos indígenas y las declara constitucionales.

El Tribunal resolvió que los contenidos normativos de las disposiciones citadas inciden en materias reservadas por la Constitución al legislador orgánico constitucional, al establecer dichos preceptos modos de participación de los pueblos indígenas en los niveles nacional, regional y municipal de administración, que la Constitución reserva a esa clase especial de leyes.

4 de abril de 2008
Páginade 511
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