Tribunal Constitucional

Primera Sala.

TC declara inadmisible acción de inaplicabilidad promovida por Corte de Talca contra Reglamento sobre Evaluación Docente por cuanto no impugna un precepto legal.

En sede de un juicio ordinario laboral la Corte de Apelaciones de Talca solicitó “pronunciamiento respecto de la eventual inaplicabilidad en razón de inconstitucionalidad” del Reglamento sobre Evaluación Docente, aprobado por D.S. Nº 192, de 30 de agosto de 2004, del Ministerio de Educación, así como de la Resolución Exenta Nº 5.639, de 30 de junio de 2005, de la misma Secretaría de Estado.

28 de agosto de 2008
Con un voto en contra.

TC declara inaplicable exigencia de consignación previa para reclamar judicialmente de multa administrativa impuesta por autoridad sanitaria.

En síntesis, constituye una barrera injustificada y carente de razonabilidad al derecho de acceso a la justicia, que forma parte de la garantía de la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y del derecho a defensa en un procedimiento racional y justo, que consagra la Carta Fundamental (art. 19 Nº 3).

28 de agosto de 2008
En control obligatorio.

TC declara inconstitucional norma que modifica Ley de Bases Generales de la Administración del Estado para permitir el ingreso de parientes y familiares al Servicio Exterior.

En fallo dividido TC declaró inconstitucional norma que establecía una excepción a la inhabilidad prevista en la Ley Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado (LOCBGAE) que iba a favorecer al personal del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores.

27 de agosto de 2008
Primera Sala.

TC declara inadmisible requerimiento de inaplicabilidad interpuesto en contra de una norma de la LOC de Gobierno y Administración Regional por una facultad que se le otorga al Gobernador Provincial.

Los Ministros Fernández Baeza y Venegas estuvieron por aplicar en este caso lo preceptuado en el artículo 39, en relación con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 41, ambos de la LOC del Tribunal Constitucional, en el sentido de otorgar plazo para subsanar los defectos de la acción o completar los antecedentes que hubieren sido omitidos.

20 de agosto de 2008
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